Prohibiciones de acceso al juego

Información de interés a tener en cuenta sobre las prohibiciones de acceso al juego.

¿Quién no puede apostar?

Ten en cuenta que no todo el mundo puede realizar apuestas. Debes tener presente los siguientes puntos sobre las prohibiciones de acceso al juego.

  1. Los menores de edad y los incapacitados legalmente.
  2. Las personas incluidas en el Listado de Prohibidos.
  3. Los accionistas, partícipes o titulares de las empresas dedicadas a la organización y comercialización de las apuestas, su personal, directivos o empleados.
  4. Los deportistas, entrenadores u otros participantes directos en el acontecimiento objeto de las apuestas.
  5. Los directivos de las entidades participantes en el acontecimiento objeto de las apuestas.
  6. Los jueces o árbitros que ejerzan sus funciones en el acontecimiento objeto de las apuestas, así como las personas que resuelvan los recursos contra las decisiones de aquellos.
  7. En los supuestos previstos en los puntos 3), 4), 5) y 6), la prohibición se extenderá a los cónyuges, ascendientes y descendientes hasta el primer grado de consanguinidad.

Registro de prohibidos

Si usted o su representante desea restringir su acceso al juego, el ordenamiento arbitra dos posibilidades en virtud del ámbito territorial en el que hacer efectiva dicha restricción. La cual le impedirá el acceso a establecimientos y sistema de juego formalizados por medios electrónicos, telemáticos o de comunicación a distancia, en todo el territorio español.

Puede hacerlo de manera presencial, mediante la presentación del formulario en oficinas de registro (artículo 38 de la Ley 30/1992) o en los servicios de admisión, recepción o identificación de los usuarios de los establecimientos de juego y en las comisarias de la Policía Nacional.

O por internet, en la sede electrónica de la Dirección General de Ordenación del Juego (necesario certificado electrónico).